Bogotá simplifica trámites: RIT no caduca ni es requisito previo contractual

 El documento tiene vigencia indefinida y solo debe actualizarse cuando cambian los datos del contribuyente.


 

Todas las entidades distritales deberán ajustar sus manuales de contratación para dar cumplimiento a lo establecido en la Circular Conjunta.

 

Aquí sí pasa! La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) y la Secretaría Jurídica Distrital (SJD), expidieron la Circular Conjunta 009 de 2025, que precisa los cambios relacionados con el Registro de Información Tributaria (RIT) para fortalecer la transparencia y simplificar los trámites en la ciudad.

 

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El RIT es el documento mediante el cual la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) identifica a las personas naturales y jurídicas que tienen obligaciones con el Distrito.

 

Con esta circular, se aclara que:

 

  • El RIT no tiene fecha de vencimiento.
  • Solo debe actualizarse si cambian los datos del titular.
  • Ninguna entidad distrital puede exigir el RIT como requisito previo para vinculación laboral o contractual.
  • La verificación del RIT corresponde exclusivamente a la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).

 

"Con esta aclaración, seguimos avanzando hacia una ciudad más ágil, donde los trámites sean sencillos, confiables y estén al servicio de la gente", afirmó Adriana Vargas, Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Alcaldía Mayor de Bogotá”.


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